Para su estricta aplicación en la presentación de las DECLARACIONES JURADAS DE BIENES Y RENTAS (DJBR)
A objeto de regularizar los informes Trimestrales de los CERTIFICADOS DE DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS elaborados por el Departamento de Desarrollo Humano, por actualización emitido por la Contraloría General del Estado, se evidencia, si bien es de conocimiento general que la presentación de los Docentes actualizan cada 10 años y los Administrativos cada año, y en cumplimientoo al "Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno. (PCO-DJBR-UAGRM), aprobado mediante Resolución ICU N°25/2015 de mayo 2016. En la parte I Inc. f) establece:
f) Frecuencia y Plazo para la Actualización de la DJBR durante el ejercicio del Cargo:
- Para los administrativos durante el ejercicio del cargo, deberán acualizar la información de la DJBR cada año, durante el mes de su nacimiento si reside o trabaja en la capital del departamento, contaran adicionalmente con el mes siguiente de su nacimiento.
- Para el cargo de Docencia, deberán actualizar la información de la Declaración Jurada de Bienes y Rengas, cada diez (10) años a partir de su última declaración jurada, y durante el mes de nacimiento s reside o trabaja en la capital del departamento, y si reside y trabaja fuera de las capitales de departamento, contaran adicionalmente con el mes siguiente de su nacimiento.
- Para un cargo administrativo y además uno de docencia o viceversa, presentaran su DJBR y sus actualizaciones respectivas, en la frecuencia y obligatoriedad que corresponda al cargo administrativo. Para este efecto, conforme al Clasificador de Cargos de la universidad, son cargos administrativos del personal docente: Rector, Vice-Rector, Deacno, Vice-Decano, Director de Carrera, Directores de Investigación, de Extensión, de Laboratorios, Post-Grados, y Otros que en su ejercicio apliquen factores administrativos y/o financieros.
- Para el Personal de Servicio, señalados en el Modelo de Clasificación de Personal y su Reglamento aprobado con Resolución Rectoral N°210/1998, con funciones de Apoyo y Servicios Generales, donde la efectividad del desempeño depende plenamente de factores corporales o manuales y no de factores administrativos ni financieros, que son los siguientes: Electricista-Soldador-Tractorista-Chofer-Plomero-Carpintero-Jardinero-Cocinero-Sereno-Portero-Mensajero-Mecánico-Tornero-Albañíl-Personal de Servicio Generales-Personal de Campo y cualquier otro cargo contemplado en la categoría de personal de servicio; estrictamente de carácter manual o corporal; deberán actualizar la información de la DJBR durante el ejercicio del cargo cada diez (10) año a partir de su última declaración jurada y durante el mes de su nacimiento si reside o trabaja en la capital del departamento, y si reside y trabaja fuera de las capitales de departamento, contaran adicionalmente con el mes siguiente de su nacimiento.
Se les solicita, cumplir en cuanto al plazo de presentación y presentar al Departamento de Desarrollo Humano y evitar observaciones posteriores por Auditoria Interna, como también por la Contraloría General del Estado.